Del 25 de noviembre al 10 de diciembre, Naciones Unidas celebró 16 Días de activismo contra la violencia de género. Este año bajo el tema: “Pinta el mundo de naranja: ¡Financiar, responder, prevenir, recopilar!”
Dentro de las acciones llevadas a cabo en el marco de la iniciativa, se realizó una charla online para tratar específicamente la violencia de género en el ámbito laboral, en el que se compartieron indicadores y reflexiones sobre el tema.
Nos gustaría destacar y compartir con ustedes el resumen realizado por Javier Cicciaro de la OIT sobre el Convenio 190 y la reciente ratificación del mismo por nuestro país.
En el año 2019 se aprobó dicho convenio en el marco de la sesión en la que se celebraron los 100 años de la OIT y la Argentina fue el tercer país miembro en ratificarlo. Veamos los puntos más destacados y los desafíos que plantea para el futuro.
Los aportes del convenio:
En primera instancia trae una definición consensuada sobre violencia y acoso por razones de género en el marco laboral.
Además, amplía los sujetos protegidos. Refiere a trabajadores y trabajadoras del ámbito público y privado, de todas las industrias, del ámbito urbano o rural, alcanzando a todas las personas que trabajen, asalariadamente o no, independientemente de su situación contractual (incluyendo por ejemplo a trabajadores despedidos e incluso a los postulantes a un empleo, e individuos que ejercen responsabilidades de un empleador).
Extiende también el marco en el que se aplica, alcanzando a las personas en las situaciones que puedan darse durante el trabajo, en relación al trabajo o como resultado de este. Se incluye de esta forma al lugar de desempeño de las funciones, al lugar donde el trabajador come, descansa o cobra, las instalaciones sanitarias, los viajes con motivos de trabajo o formación, los trayectos desde y hacia el trabajo, el alojamiento proporcionado por el empleador y las comunicaciones. Con el auge del trabajo remoto, este último punto cobra especial importancia.
Además, se jerarquiza la perspectiva de género, sumándola a la definición de violencia y acoso laboral. Establece medidas de protección y prevención, y también hace un llamado a tener en cuenta el impacto que la violencia de género domestica puede ejercer en el mundo laboral. La recomendación 206, que es como la hoja de ruta del convenio, plantea incluso medidas como las licencias para las víctimas, jornadas de trabajo flexibles y medidas o acciones de sensibilización.
Situación actual:
Luego de su aprobación en 2019 por la OIT, para que entrara en vigor se necesitaba la ratificación del mismo por dos países miembros. Lo hicieron Uruguay y las islas Fiji. Eso hace que en junio de 2021 este convenio entre en rigor.
En Argentina, el congreso de la nación lo aprobó con un alto nivel de adhesión. Falta aún depositar el instrumento de ratificación del convenio ante el director general de la OIT para poder decir realmente que el convenio fue ratificado y que entre en vigor 12 meses después.
Desafíos que genera en argentina:
La entrada en rigor del convenio implicará un trabajo grande sobre la normativa local, ya que si bien tenemos la ley 26485 que incorpora la violencia laboral contra las mujeres (aunque no sobre otras diversidades), es necesario unificar definiciones y nivelar el tema a nivel regional.
Generará también un desafío institucional, ya que establecerá nuevas responsabilidades. Demandará una mayor producción de estadísticas y por otro lado formación y sensibilización sobre el tema.
Este tipo de acciones visibilizan los distintos tipos de violencia de género, poniendo en agenda esta problemática que se presenta como la violación de los derechos humanos más extendida en el mundo. Siendo así un claro obstáculo para el desarrollo sostenible de la sociedad. La desigualdad entre mujeres, varones y diversidades, se ha profundizado en la pandemia.
Por eso, aunque sin dudas queda mucho trabajo por delante, nos alegramos infinitamente de este paso que está dando nuestro país para acercarnos un poco más a la igualdad de género.